No tienes nómina ni recibos de sueldo; así podrás comprobar tus ingresos ante el banco
Acreditar tus ingresos o capacidad de pago cuando solicites un crédito podrá ser más sencillo, de acuerdo con un cambio realizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a las reglas para integrar los expedientes crediticios. Con esto, se busca simplificar la documentación que los bancos solicitan para evaluar y otorgar créditos.
¿Cuál es el nuevo documento para tramitar un crédito? No todos los depósitos serán considerados ingresosAntes de otorgar un crédito, los bancos deben integrar un expediente con información que permita conocer la situación financiera y capacidad de pago del solicitante. Con la modificación, para determinados créditos, las instituciones podrán utilizar sus propios registros de los movimientos de las cuentas del cliente durante al menos los últimos tres meses para estos fines. Esto aplica, por ejemplo, a los créditos al consumo . El nuevo Anexo 2 de las disposiciones señala que los bancos podrán considerar sus registros sobre los abonos y cargos de recursos en las cuentas que hayan administrado a favor del solicitante durante al menos los últimos tres meses. Al hacerlo en línea, cuando el crédito no exceda el equivalente a 3,000 UDIs (aproximadamente 26,469.92 pesos) y se encuentre dentro de los supuestos establecidos por la regulación, el expediente puede incluir, entre otros documentos, información sobre los ingresos o capacidad de pago. Para ello, los bancos también podrán recurrir a sus registros de abonos y cargos de los últimos tres meses, siempre conforme a sus políticas internas previamente documentadas. La modificación no establece que cualquier depósito que llegue a una cuenta bancaria se convierta automáticamente en un comprobante de ingresos. La disposición señala que serán las instituciones las que, de acuerdo con sus políticas internas previamente documentadas , podrán utilizar los registros de abonos y cargos para evaluar la capacidad de pago del solicitante . Además, la posibilidad aplica a los movimientos de las cuentas que la propia institución haya administrado a favor del cliente .
También cambia la documentación para créditos comerciales
Para determinados créditos comerciales, los bancos también podrán utilizar los registros de abonos y cargos de las cuentas que administren para obtener información sobre la situación financiera, capacidad de pago o transacciones del acreditado. Por ejemplo, para créditos comerciales de hasta 425,000 UDIs (3,749,905.05 pesos), las instituciones podrán considerar sus propios registros de los movimientos de las cuentas durante al menos los últimos tres meses. Para créditos comerciales superiores, las reglas también contemplan esta posibilidad como una de las alternativas de información financiera para personas físicas. En estos casos, la regulación mantiene otras opciones, como declaraciones anuales de impuestos, estados de cuenta bancarios o relaciones patrimoniales, dependiendo del monto y tipo de crédito. La resolución de la CNBV entró en vigor el día siguiente a su publicación en el DOF, es decir, el 13 de junio de 2026. Sin embargo, las instituciones de crédito tuvieron un plazo de hasta 90 días naturales a partir de su entrada en vigor para ajustarse a las nuevas disposiciones. Fecha que se cumplió el 11 de septiembre. La modificación también permite que, para una nueva operación crediticia, los bancos reutilicen información y documentación que ya tengan en el expediente del cliente, siempre que esta se encuentre actualizada y vigente de acuerdo con la regulación y las políticas internas de cada institución. Esto busca reducir la documentación que debe entregarse nuevamente cuando una persona solicita una nueva operación de crédito con el mismo banco. La resolución también incorpora cambios relacionados con la digitalización de los expedientes crediticios.
Entre ellos se contempla que las solicitudes de crédito puedan contener firma autógrafa, Firma Electrónica Avanzada o Fiable, huella digital o consentimiento expreso mediante medios electrónicos, según corresponda.
]]>