En pocos días, las personas físicas deben declarar ante el Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) sus ingresos, incluso los provenientes de pensiones . La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) contempla que deben pagarse impuestos si se recibe dinero por jubilaciones, haberes de retiro, pensión por invalidez o discapacidad, siempre y cuando supere el límite exento equivalente a 15 veces la Unidad de Medida y Actualización ( UMA ). ¿Qué sucede con las Pensiones del Bienestar ? ¿Deben informarse al fisco, o están relevadas de obligaciones fiscales?
¿Las Pensiones del Bienestar se deben declarar? ¿En qué casos los pensionados sí declaran al SAT?Aunque la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) contempla casos en que las pensiones pueden ser ingresos gravables, como las otorgadas por el IMSS o el ISSSTE a sus derechohabientes jubilados, no aplica de manera igual para aquellas realizadas por la Secretaría de Bienestar . El artículo 90 de la LISR establece que las personas físicas estarán obligadas a declarar y pagar impuestos por los ingresos que generen en el país, sean en efectivo o en bienes. Sin embargo, en el cuarto y quinto párrafo, se especifica que no se consideran ingresos obtenidos por los contribuyentes los apoyos económicos o monetarios a través de programas previstos en los presupuestos de egresos, o de las entidades federativas. La responsabilidad de su declaración recae en las instituciones que las otorgan, las cuales deben contar con un padrón de beneficiarios actualizado con la información personal y el monto que aporta. Esto significa que las personas físicas que reciben pagos de programas sociales como la Pensión de Adultos Mayores , de Discapacidad, Mujeres Bienestar o pensiones estatales no los declaran o informan a la autoridad fiscal y tampoco se consideran como ingresos gravables para ISR , debido a que sí aparecen dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación. A finales de 2025, las Pensiones y Programas para el Bienestar cerraron con un padrón de cerca de 18.5 millones de derechohabientes, con una inversión social de 579,304 millones de pesos (mdp). Para 2026, la meta es que se alcancen los 20.3 millones de beneficiarios con una inversión federal de 663,719 mdp. En México, las personas jubiladas o pensionadas tienen un trato específico cuando se trata de responsabilidades fiscales, quienes tendrán más o menos obligaciones según el tipo y la cantidad total de ingresos que reciban.
Pensiones que pagan impuestosDe manera general, personas pensionadas o jubiladas son aquellas que están bajo el régimen de sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios, quienes perciben ingresos por estos conceptos, tras trabajar varios años en el sector público o privado. Las personas pensionadas quedarán exentas de realizar declaración anual si solo perciben ingresos por la pensión de un mismo prestador. Sin embargo, sí deben informar al SAT si realizan las siguientes actividades: - Si reciben ingresos anuales superiores a los 400,000 pesos. - Si tiene dos o más ingresos por pensión, aún y cuando no supere los 400,000 pesos. - Si además de percibir ingresos por pensión, obtiene por otro régimen como arrendamiento o por actividad empresarial. Por ejemplo, si una persona recibe dos pensiones del IMSS, una por vejez y otra por viudez. El artículo 93, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta señala que las jubilaciones, pensiones o haberes de retiro por pueden quedar exentas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) siempre que su monto diario no exceda de un límite, que es 15 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Para explicarlo mejor, la Profedet lo pone de la siguiente manera UMA 2025 diaria (la que se aplicará en la declaración de 2026): 113.14 pesos 15 veces la UMA = 1,697.1 pesos Números de días al mes: 30 días Ingreso mensual exento = 50,913 pesos
Es decir, si una persona contribuyente tiene un ingreso por jubilación y/o pensión mensual superior a 50,913 pesos, deberá pagar ISR por el monto excedente de esa cantidad. Un ejemplo sería el siguiente: Adrián es un jubilado del IMSS que recibe mensualmente un pago de 80,000 pesos, por lo que al año obtiene 960,000 pesos. Como supera el límite anual de 400,000 pesos, tiene la obligación de presentar la declaración anual.
]]>