Las personas que trabajaron para alguna institución gubernamental también tienen derecho a una jubilación al llegar cierta edad y cumplir determinados requisitos . En el caso de estos trabajadores, existen dos tipos de regímenes especiales para las personas que comenzaron a cotizar en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), y uno de ellos es el de la llamada Ley 2007 .
¿Cuál es la reforma del ISSSTE 2007? Edad para jubilarse en el ISSSTE ¿Para quiénes aplica la ley de 2007? Modalidades para jubilarse por la Ley 2007 del ISSSTE Renta vitaliciaEsta ley transformó el sistema de pensiones para los trabajadores del Estado, que incluyen maestros, médicos, burócratas y demás empleados del sector público. El cambio más representativo es la sustitución del sistema solidario de pensiones, donde se garantizaba una pensión calculada con base en el último salario y los años de servicio, por un modelo de cuentas individuales administradas por Afores. Esto significa que los trabajadores dependen exclusivamente del monto que logren ahorrar durante su vida laboral y de los rendimientos generados por el mercado financiero. A diferencia del régimen anterior (Décimo Transitorio), la Ley de 2007 contempla entre 60 a 65 años de edad y al menos 25 años de servicio. Esta regulación es válida para los trabajadores que empezaron a trabajar en una institución del Estado después del 1 de abril de 2007. De acuerdo con el ISSSTE, existen tres modalidades diferentes para jubilarse por este esquema: - Renta vitalicia - Retiro programado - Pensión garantizada Se trata de una pensión de por vida que se contrata con una aseguradora, siendo el ISSSTE el encargado de indicar cuáles son las instituciones de prestar este servicio. Es importante tomar en consideración los siguientes factores: - El monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en la cuenta Afore y se actualizará anualmente de acuerdo con la inflación. - Al adquirir este servicio, se garantiza el pago de una pensión predeterminada de por vida. - Se debe adquirir un seguro de sobrevivencia que permitirá a los beneficiarios recibir una pensión a la muerte del pensionado. Requisitos: - Estar registrado en una Afore. - Contar con mínimo 25 años de cotización al ISSSTE. - Tener actualizado el Expediente de Identificación del Trabajador. Es importante recalcar que en esta modalidad, el trabajador se puede retirar de manera anticipada sin necesidad de cumplir la edad establecida, si la pensión que se calcule con el saldo acumulado en la cuenta de Afore es superior a más del 30% de una pensión garantizada. Además, en caso de algún exedente de recursos, podrá ser retirado en una sola exhibición.
Retiro programado Pensión garantizada Documentos necesarios para realizar el trámiteSe trata de un pago mensual que puede ser contratado con la Afore en la que está registrado el trabajador. El monto de la pensión dependerá del saldo acumulad en la cuenta Afore, así como los rendimientos que se obtengan y de la esperanza de vida que calculen al trabajador. Es importante señalar que en ese caso, se paga una pensión hasta que se agoten los recursos en la cuenta Afore del trabajador. También es necesario comprar un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a los beneficiarios recibir una pensión en caso de muerte del titular. Requisitos: - Estar registrado en una Afore. - Tener actualizado el Expediente de Identificación del Trabajador. Se trata de un complemento de pensión que se otorga a las personas que cumplan con los requisitos de edad y 25 años de cotización al ISSSTE, pero cuyos recursos no sean suficientes para contratar una Renta Vitalicia o Retiro Programado. Esta pensión se actualiza anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor. Requisitos: - Tener 60 o 65 años cumplidos. - Estar registrado en una Afore y contar con recursos en la cuenta individual. - Tener el Expediente de Identificación del Trabajador actualizado. - Concesión de pensión otorgada por el ISSSTE (original y copia). - Original y copia de identificación oficial del titular. - Estado de cuenta de Afore u otro documento que acredite el registro del trabajador a su administradora. - Estado de cuenta bancario con número de cuenta CLABE.
¿Qué pasa si el trabajador cumple con la edad, pero no con los requisitos para obtener una pensión?En este caso, el ISSSTE otorga una resolución de improcedencia por no cumplir con los requisitos establecidos en la ley, por lo que se entregarán en una sola exhibición los recursos de la cuenta Afore. Los requisitos son estos: - Estar registrado en una Afore. - Tener actualizado el Expediente de Identificación de Trabajador.
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