La Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) informó que sancionó con 500 millones de pesos a El Puerto de Liverpool, Chedraui, Grupo Danhos, GICSA, Acosta Verde, DMI y ARYBA por establecer acuerdos ilegales relacionados con el cobro de rentas a inquilinos de centros comerciales durante la emergencia sanitaria provocada por el covid-19. De acuerdo con la autoridad, las empresas se coordinaron para fijar descuentos máximos y, en algunos casos, para no otorgar reducciones en las rentas a los locatarios afectados por el cierre parcial o total de actividades económicas.
La CNA explicó que las compañías tienen la facultad de negociar de manera individual las condiciones comerciales con sus arrendatarios. Sin embargo, la conducta sancionada consistió en acordar previamente entre competidores las condiciones de esos descuentos. “Las empresas pueden establecer libre y unilateralmente los descuentos que están dispuestas a negociar con sus locatarios; la práctica sancionada consistió en coordinar el ofrecimiento de descuentos previamente acordados entre competidores. Como resultado se generó un daño estimado de aproximadamente 404 millones de pesos ”, señaló el organismo. La investigación se originó a partir de hechos ocurridos en 2020, cuando la emergencia sanitaria provocó el cierre temporal de centros comerciales y una abrupta caída en la actividad económica de miles de establecimientos.
La postura de los desarrolladores Tras darse a conocer la resolución, la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI) informó que analiza los alcances e implicaciones de la medida emitida por la autoridad antimonopolio, anteriormente conocida como Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). La asociación destacó que durante todo el proceso de investigación mantuvo disposición para colaborar con las autoridades y proporcionar la información requerida para el desarrollo de las indagatorias. Asimismo, sostuvo que una vez que conoció las observaciones preliminares de la autoridad en 2020, fortaleció sus mecanismos internos de cumplimiento regulatorio. Como parte de esos ajustes, incorporó una política formal de competencia económica en todas sus reuniones internas con el propósito de evitar discusiones o conductas que pudieran interpretarse como contrarias a la legislación en la materia. La CNA, sin embargo, concluyó que existieron acuerdos entre competidores para coordinar las condiciones de los descuentos ofrecidos a los locatarios, una conducta que la legislación mexicana considera una práctica monopólica absoluta. Según la autoridad, la coordinación limitó la posibilidad de que los arrendatarios obtuvieran mejores condiciones mediante negociaciones independientes, reduciendo los beneficios que normalmente genera la competencia entre propietarios de espacios comerciales. Impacto más allá de los centros comerciales La CNA recordó que, pese a las circunstancias extraordinarias derivadas de la emergencia sanitaria, las disposiciones en materia de competencia económica permanecían vigentes y debían ser respetadas por todas las empresas. El organismo enfatizó que las crisis económicas o sanitarias no eximen a los participantes de un mercado de cumplir con las reglas que prohíben acuerdos entre competidores para fijar precios o condiciones comerciales. La autoridad también puso énfasis en la relevancia económica del mercado de arrendamiento de locales comerciales en México, del cual dependen miles de empresas para ofrecer bienes y servicios. De acuerdo con la CNA, las prácticas anticompetitivas en el sector inmobiliario pueden traducirse en mayores costos para los comercios, afectar el empleo y eventualmente impactar en los precios que enfrentan los consumidores. La resolución involucra a algunos de los grupos más relevantes en el desarrollo, administración y operación de centros comerciales del país, por lo que el caso se perfila como uno de los más significativos en materia de competencia económica dentro del sector inmobiliario. No obstante, la decisión aún puede ser impugnada. Los agentes económicos sancionados cuentan con la posibilidad de interponer los medios de defensa correspondientes ante los tribunales especializados. ]]>